PUNTO DE ACTA DE INFORME ANUAL DE CONTROL INTERNO 2022
PUNTO DE ACTA DE INFORME ANUAL DE CONTROL INTERNO 2023
Solicitud electrónica
Acceso a la información publica
El sistema funciona las 24 horas, pero si la solicitud es ingresada fuera del horario laboral, la fecha de recepción se considerará el día hábil siguiente.
De conformidad con el Artículo 42 de la Ley de Acceso a la información Pública el tiempo de respuesta es de 10 días hábiles.
Directorio Telefónico
UNIDAD/DIRECCIÓN Y OFICINA
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7721-7612
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7721-7150
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7721-7150
UNIDAD/DIRECCIÓN Y OFICINA
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7721-7612
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7721-7612
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7721-7612
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7721-7612
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4933-6484
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Oficina Municipal de Educación, Cultura y deporte
7721-7612
Dirección Municipal de Comunicación Social (DMCS)
7721-7612
7721-7150
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Dirección Municipal de Planificación (DMP)
7721-7932
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7721-7612
Unidad Municipal de Gestión de Proyectos
7721-7612
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7721-7612
IUSI
El Impuesto Único Sobre Inmuebles —IUSI— es un pago en Guatemala que se hace por los bienes inmuebles. Su valor se determina con base en factores geográficos, hidrológicos, topográficos y ambientales.
DECRETO 15-98 LEY DEL IMPUESTO UNICO SOBRE INMUEBLES (IUSI)
Este tributo debe ser pagado por los dueños de casas, terrenos, construcciones o cultivos permanentes. Para aplicar el IUSI es necesario hacer una valuación y con ello determinar la tasa de impuesto a pagar.
Ingreso mensual
Arbitrio
Hasta Q 2,000.00
queda exento o libre de carga tributaria
De Q 2,000.01 a
Q 20,000.00
la tasa es de 2 por millar
De Q 20,000.01 a
Q 70,000.00
es 6 por millar
De Q 70,000.01 en adelante
son 9 por millar
El pago debe de realizarse en en edificio municipal de Santiago Atitlán.
¿Cómo calcular el pago? Según la escala de valores (Q) se debe verificar en qué rango se encuentra el valor del inmueble y con ello saber el monto de la tasa. Dependiendo de este valor es lo que se debe pagar anual pero se divide por los 4 trimestres.
Ejemplo Si el inmueble tiene un valor de Q 50,000.00 la tasa corresponde a 6 por millar, que sería Q 330.00 como pago anual. Este monto debe dividirse dentro de 4 que es el pago trimestral, por lo que el contribuyente pagará Q 82.5 cada 3 meses.
Boleto de Ornato
El boleto de ornato es un arbitrio que todos los vecinos debemos pagar anualmente, con la finalidad de contribuir al ornato de nuestro municipio. La cancelación del mismo debe efectuarse durante enero y febrero, salvo que los concejos municipales concedan prórrogas, y éstas no pueden excederse más allá del último día de marzo.
Articulo 9 Decreto 121-96 el pago de la tasa del arbitrio municipal debe efectuarse según los ingresos mensuales del contribuyente, que incorpora salario base, más bonificaciones de cualquier índole, comisiones y cualquier otro ingreso comprobable.
Ingreso mensual
Arbitrio
Con multa
Primer DPI
Q4.00
Q8.00
De Q500.01 a Q1,000.00
Q10.00
Q20.00
De Q1,000.01 a Q3,000.00
Q15.00
Q30.00
De Q3,000.01 a Q6,000.00
Q50.00
Q100.00
De Q6,000.01 a Q9,000.00
Q75.00
Q150.00
De Q9,000.01 a Q12,000.00
Q100.00
Q200.00
De Q12,000.01 en adelante
Q150.00
Q300.00
El pago debe de realizarse en en edificio municipal de Santiago Atitlán.