Santiago Atitlán

Capital del Reino TZ'UTUJIL

KIOSKO INFORMATIVO SOBRE EL DÍA INTERNACIONAL DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

La Oficina de Acceso a la Información Pública conjuntamente con la Participación de la Procuraduría de los Derechos Humanos y otras entidades. El día jueves 22 de septiembre 2022, se celebró el Día INTERNACIONAL DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, invitando a colegios y escuelas públicas con el objetivo de conocer el derecho a solicitar y a tener acceso a la información en posesión de las autoridades y sujetos obligados, así como garantizar la transparencia de la administración pública de nuestro Municipio de Santiago Atitlán.

#AccesoALaInformacionPública#SantiagoAtitlan

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Solicitud electrónica

Acceso a la información publica 

El sistema funciona las 24 horas, pero si la solicitud es ingresada fuera del horario laboral, la fecha de recepción se considerará el día hábil siguiente.

De conformidad con el Artículo 42 de la Ley de Acceso a la información Pública el tiempo de respuesta es de 10 días hábiles.

Directorio Telefónico

UNIDAD/DIRECCIÓN Y OFICINA

TELÉFONO

Recepción Municipal

7721-7612

Unidad Municipal Acceso a la Información Pública

7721-7612

Dirección Municipal de Servicios Públicos (DMSP)

7721-7612

Receptoría Municipal

7721-7612

Policía Municipal de Transito (PMT)

7721-7612

Biblioteca Municipal

7721-7612

Despacho Municipal

7721-7612

Oficina Municipal de salud

7721-7612

Secretaría Municipal

7721-7612

Dirección Municipal De La Mujer

7721-7612

Unidad Municipal de la Niñez, Adolescencia y Juventud

7721-7612

Juzgado de Asuntos Municipales

7721-7150

Oficina de Monitoreo de Cámaras

7721-7150

Oficina Municipal de Seguridad Ciudadana

7721-7150

UNIDAD/DIRECCIÓN Y OFICINA

TELÉFONO

Dirección Administrativa Financiera Integrada Municipal (DAFIM)

7721-7931

Oficina Municipal de (IUSI)

7721-7612

Unidad Municipal de Medio Ambiente y Recursos Naturales (UMARN)

7721-7612

Unidad Municipal Gestión de Riesgos (UMGR)

7721-7612

Oficina Municipal de Turismo

7721-7612

Oficina de CONALFA

4933-6484

Oficina de Supervisión Educativa

7721-7357

Oficina Municipal de Educación, Cultura y deporte

7721-7612

Dirección Municipal de Comunicación Social (DMCS)

7721-7612

7721-7150

UNIDAD/DIRECCIÓN Y OFICINA

TELÉFONO

Dirección Municipal de Planificación (DMP)

7721-7932

Unidad Municipal de Participación Ciudadana

7721-7612

Unidad Municipal de Gestión de Proyectos

7721-7612

Unidad Municipal de Recursos Humanos

7721-7612

IUSI

El Impuesto Único Sobre Inmuebles —IUSI— es un pago en Guatemala que se hace por los bienes inmuebles. Su valor se determina con base en factores geográficos, hidrológicos, topográficos y ambientales.

DECRETO 15-98 LEY DEL IMPUESTO UNICO SOBRE INMUEBLES (IUSI)

Este tributo debe ser pagado por los dueños de casas, terrenos, construcciones o cultivos permanentes. Para aplicar el IUSI es necesario hacer una valuación y con ello determinar la tasa de impuesto a pagar.

Ingreso mensual Arbitrio
Hasta Q 2,000.00  queda exento o libre de carga tributaria

De Q 2,000.01 a

Q 20,000.00 

la tasa es de 2 por millar

De Q 20,000.01 a

Q 70,000.00

es 6 por millar
De Q 70,000.01 en adelante son 9 por millar

El pago debe de realizarse en en edificio municipal de Santiago Atitlán. 

¿Cómo calcular el pago?
Según la escala de valores (Q) se debe verificar en qué rango se encuentra el valor del inmueble y con ello saber el monto de la tasa. Dependiendo de este valor es lo que se debe pagar anual pero se divide por los 4 trimestres.

Ejemplo
Si el inmueble tiene un valor de Q 50,000.00 la tasa corresponde a 6 por millar, que sería Q 330.00 como pago anual. Este monto debe dividirse dentro de 4 que es el pago trimestral, por lo que el contribuyente pagará Q 82.5 cada 3 meses.

Boleto de Ornato

El boleto de ornato es un arbitrio que todos los vecinos debemos pagar anualmente, con la finalidad de contribuir al ornato de nuestro municipio. La cancelación del mismo debe efectuarse durante enero y febrero, salvo que los concejos municipales concedan prórrogas, y éstas no pueden excederse más allá del último día de marzo.

Articulo 9 Decreto 121-96 el pago de la tasa del arbitrio municipal debe efectuarse según los ingresos mensuales del contribuyente, que incorpora salario base, más bonificaciones de cualquier índole, comisiones y cualquier otro ingreso comprobable.

Ingreso mensual Arbitrio Con multa
Primer DPI Q4.00 Q8.00
De Q500.01 a Q1,000.00 Q10.00 Q20.00
De Q1,000.01 a Q3,000.00 Q15.00 Q30.00
De Q3,000.01 a Q6,000.00 Q50.00 Q100.00
De Q6,000.01 a Q9,000.00 Q75.00 Q150.00
De Q9,000.01 a Q12,000.00 Q100.00 Q200.00
De Q12,000.01 en adelante Q150.00 Q300.00

El pago debe de realizarse en en edificio municipal de Santiago Atitlán.